DESCRIPCIÓN
OFICINA EN ALQUILER EN PUERTO MADERO - MADERO CENTER
Oficina en alquiler, ubicada en el Edificio Madero Center en Juana Manso 555 .
Consta de una superficie de 275,42 m2 ; A continuación de la oficina continua otra igual que se puede alquilar una o las dos juntas .
Consulta valor de alquiler por las dos unidades . El total de las dos unidas es de 550,84 m2 .
Son muy Luminosas y se encuentran impecable en perfecto estado , listo para instalarse. mas abajo se encuentra el detalle.
Ante cualquier duda o consulta no dude en Llamar o enviar un WhatsApp.
Solicitar VIDEO de la propiedad.
OFICINAS
Piso técnico elevado + aplicado + cableado general base
- Cielo raso con yeso y luminarias sectores de paso
- Cielo raso técnico con luminaria en todo el espacio
EDIFICIO
- Ascensores: 5
- Grupo electrógeno
- 2 escaleras de incendio
- Carpinterías de fachadas de aluminio con vidrio estructural DVH
- Cielo raso suspendido con difusores y rociadores incorporados
- Revestimiento de Porcellanato y cerámicos en sanitarios
- Instalación de Aire Acondicionado frió / calor V.R.V (Volumen de Refrigerante Variable) con unidades Evaporadores de Piso
- Instalación contra incendio con rociadores automáticos por piso
- Central de alarma contra incendio con detectores automáticos y manuales
- Control de acceso por tarjeta inteligente (Ingreso con molinetes)
- Circuito cerrado de T.V
- Montante para Red de datos, Telefonía y T.V por cable
- Alimentación trifásica con circuito de emergencia conectado a grupo electrógeno del edificio
- Hall acceso con doble altura
- Ascensores automáticos de última generación
- 2 Cocheras cubiertas en 1 y 2 subsuelo
- Salón de usos múltiple para edificio de oficinas, con sector cubierto y descubierto.
- Vigilancia 24 hrs todos los día.
*Alquiler Mensual U$S 4.956 Mas IVA
*Expensas $ 340.000 Aprox.
*ABL $ 55.000 Aprox.
BÁRBARA GINEVRA
Negocios Inmobiliarios
Martillera Publica y Corredora Inmobiliaria
CUCICBA N 842
CONTÁCTENOS:
Email : info@barbaraginevra.com
Celu: +54911 4444 6423
Ley N° 5859 Art. 4
“Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestaría de informes”
Cumple con la Ley 5115
Las medidas son aproximadas y al solo efecto orientativo. Las medidas reales surgirán del título de propiedad respectivo. La presente oferta esta condicionada a la confección del COTI por parte del Propietario (Res. AFIP 2371)